PRIMERO: Se declara el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO de nulidad del Acto Administrativo de efectos particulares por las profesionales del derecho ELIZABETH MALAVER MATA DE SANTINI Y SANDRA MARITZA DAVILA BECERRA, inscritas en el I.P.S.A bajo los números 54.109 y 39.612, respectivamente, en sus carácter de apoderadas judiciales de la empresa KUEHNE – NAGEL, S.A., en contra de la Providencia Administrativa No. 273/07, de fecha 20 de noviembre de 2007 dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTADO VARGAS, que sancionó con multa a la recurrente en el expediente Nº 036-2005-06-00003. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
TERCERO: Notifíquese a la Inspectoría del Trabajo del Estado Vargas y al ciudadano Procurador General de La República Bolivariana de Venezuela, remitiéndole copia certificada de la presente decisión. A partir del día hábil siguiente, a la constancia en autos que deje el alguacil, comenzará a transcurrir el lapso establecido en el artículo 86 del Decreto con R.....