este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
PRIMERO: Por concepto de Antigüedad, conforme al artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, del 28-07-1997 al 10-02-2005, 7 años, 7 meses, con los respectivos salarios alegados por la parte demandante, arroja la cantidad de CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE BOLÍVARES (Bs. 4.137.319,00).
SEGUNDO: Por concepto de Utilidades no canceladas y Utilidades Fraccionadas: Conforme al artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo, , y no se le aplica la cláusula 30 de la Convención Colectiva de Sintravigilancia, en virtud de que esta se aplica solo a los trabajadores de se desempeñen como Oficiales de Seguridad, como lo establ.....