En razón de lo antes expuesto este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara en el presente proceso la PERENCION DE LA INSTANCIA en consecuencia extinguido el proceso COBRO DE BOLIVARES POR CUOTAS DE CONDOMINIO incoado ADMINISTRADORA ANNISSAC C.A. contra MARCOS JOSE JIMENEZ GONZALEZ. Así se decide.