Se homologo el acuerdo de las partes y se condena a la parte demandada a cancelar la cantidad de Bolívares DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO TRECE BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 268.113,00), los cuales serán cancelados de la siguiente manera: ROSALBA RAMÍREZ MOLINA, JUAN CARLOS TAPIAS GÓMEZ Y JORGE LEÓN PATIÑO FLOREZ, para un monto total a cada uno de los trabajadores de Bs. 103.407,00; otro por Bs. 117.890,00 y el último por Bs. 46.816,00 a cada uno respectivamente, dichos montos se realizaran en dos (02) pagos a saber: el primer pago se realizará en fecha 08-06-2015 por el 50% del monto respectivo para cada uno de los trabajadores, es decir, por Bs. 51.703,50, el otro por Bs. 58.945,00 y el último de Bs. 23.408,00 respectivamente, dándole efectos de la Cosa Juzgada.