Con base en los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Declara con lugar la petición realizada por la ciudadana Gladys Omaira Ortiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.634.828, actuando de conformidad con lo establecido en el literal "c" del artículo 654 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en su carácter de madre del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA; de conformidad con lo establecido en el artículo 49 Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Segundo: Designa a la ciudadana Abogada Glenda Gilenis Chacón Escalante, Defensora Pública Especializada en Responsabilidad Penal de Adolescentes, como Defensora de.....