PRIMERO: Declara Con Lugar la Solicitud de Cumplimiento de Pensión de Alimentos intentada por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES PERNIA DE CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-3.308.075, domiciliada en Capachito, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de abuela del adolescente (Identidad omitida por disposición de la LOPNA), contra el ciudadano PEDRO ANTONIO ROMERO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.679.556, domiciliado en El Palmar de La Cope, Municipio Torbes, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se condena al ciudadano PEDRO ANTONIO ROMERO CONTRERAS, a pagar la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000,00) por concepto de Pensiones de Alimentos vencidas y no pagadas.-