1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, es decir el, 15-05-2008 a las doce horas.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, es decir el, 15-01-2009 a las doce horas.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, es decir el, 15-09-2011 a las doce horas.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, es decir el, 15-05-2012 a las 12 horas.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 15-05-2014 a las 12 horas.