Instruida como ha sido la presente solicitud, por cuanto los testigos ciudadanos JOVITA ORQUIDEA ROSA DE LOS SANTOS Y THAIS COROMOTO VIVAS LARA, presentados por los ciudadanos Maria Máxima Oramas de Solórzano, Dilmara del Valle Solórzano Oramas, Joraicy Maria y Félix Daniel, manifestaron que los ciudadanos Maria Maxima Oramas de Solórzano, Dilmara del Valle Solorzano Oramas, Joraicy Maria y Felix Daniel solorzano Oramas, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano que en vida respondiera al nombre de FELIX PASTOR SOLORZANO ISTURIZ, este tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud a los solicitantes.