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Decisiones del dia 01/11/2007 |
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N° Expediente :
WP01-R-2007-000228
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N° Sentencia :
WP01-R-2007-000228
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Fecha: 01/11/2007 |
Procedimiento: Recurso De Revision |
Partes: MACARENA BINCEIRO DIAZ |
Resumen:
PRIMERO: ADMITE el recurso de revisión ejercido por el Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas a favor del la penada MACARENA BINCEIRO DIAZ, en razón de la sentencia definitivamente firme publicada por el Juzgado Sexto de Juicio Circunscripcional en fecha 25/08/2003, en la que CONDENÓ a la referida penada a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y penado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo previsto en el numeral 6° del artículo 470, en relación con el numeral 6° del artículo 471, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 474, 455 y 456, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ACUERDA suprimir la celebración de la audiencia oral y pública a que se contrae el primer aparte del artículo 455 del Código Orgánico.....
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Juez/Ponente:
Ofelia Ronquillo Perez
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Organo:
Corte de Apelaciones
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N° Expediente :
WL01-P-2005-000165
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N° Sentencia :
WL01-P-2005-000165
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Fecha: 01/11/2007 |
Procedimiento: Nuevo Computo Por Acumulacion De Penas |
Partes: HARLIN JOSE MAYORA SANCHEZ |
Resumen:
PRIMERO: Que el penado HARLIN JOSE MAYORA SANCHEZ fue detenido preventivamente en fecha 19-09-2.005 y salió en libertad el día 13-12-2005, por habérsele otorgado una medida cautela sustitutiva de libertad, siendo detenido nuevamente en fecha 03-07-2006 hasta el día de hoy, evidenciándose que ha permanecido recluido hasta la presente fecha por un tiempo de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS y en virtud de que fue condenado a sufrir la pena de CINCO (05) Años de Prisión, se computará a favor del mencionado penado, un día de detención por otro de prisión, conforme lo establece el artículo 40 del Código Penal, razón por la cual le falta por cumplir TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES Y OCHO (08) DIAS DE PRISIÒN, terminando de cumplir la pena en fecha: 09-04-2011.
SEGUNDO: Igualmente el prenombrado penado fue condenado a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, sin embargo el mismo quedara sujeto solo a.....
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Juez/Ponente:
Ramón Martínez
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Organo:
Juzgado Segundo de Ejecución
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