En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE IN LIMINI LITIS LA DEMANDA DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadano NANCY ROSALES ABREU, asistida por el abogado WILMER MALDONADO GAMBOA contra el auto de ejecución de sentencia del 12 de junio de 2017 y el mandato de ejecución forzosa librado en esa misma fecha dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en el expediente número 19502 de la nomenclatura de ese tribunal.