Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana, MAYIRA JOSEFINA SOLORZANO DE SOUSA, asistida de abogado, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio sobre una bienhechuría residencial, de dos (02) niveles de altura, la misma se encuentra ubicado en el Sector, Av. Sur, calle N°3, quinta La Bruma, casa N°37-07, urbanización Playa Grande, Parroquia Urimare, Municipio Vargas del estado La Guaira, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, tal y como se evidencia en el Informe de Inspección de Bienhechurías Nº DPPCUC-OMT-279-2022, emanado de la Dirección Para el Poder Popular de Control Urbano y Catastro, Coordinación de Tierras Municipales; asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas "NO ES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO VARGAS Y NO ES DE CARÁCTER .....