Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos YOLANDA MERCEDES JOVES VERA, LUIS ALBERTO JOVES, JOSÉ DE JESÚS JOVES VERA, ANYELO WLADIMIR JOVES VERA, MAYTABEL JOVES VERA, SUGEY DEL MAR JOVES DE CARRILLO y ANDERSON ALBERTO JOVES VERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 13.241.760, E- 13.245.233, V- 17.207.385, V- 16.408.418, V- 17.206.032, V- 17.206.033 y V- 13.350.861, en su condición de hijos; el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus GLADYS MILIANI VERA DE JOVES, quien falleció Ab-Intestato