PRIMERO: Con lugar el Aumento de Obligación de Manutención; realizado por la ciudadana Virginia Vivas Prisco, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.105.207, contra el ciudadano Eduardo Rafael Vivas Santana, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.115.713 quedando la Obligación de Manutención para su hijo de 13 años de edad; en la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 230.000,00) mensuales. Y para agosto de útiles escolares y uniformes escolares la cantidad adicional del 30 % del bono vacacional y para diciembre la cantidad adicional del 30% de aguinaldos. Cantidades que deben ser descontadas por nomina y depositadas a la cuenta del Banco Bicentenario, a partir de la fecha quede definitivamente firme la presente decisión.
SEGUNDO: El padre debe pagar el 50% de los gastos médicos y medicinas del adolescente, exámenes de laboratorio, cirugía y hospitalización para su hijo en la oportunidad que lo amerite; hasta l.....