En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decide: ÚNICO: SE CONCEDE UN PLAZO DE PRORROGA DE OCHO (08) DIAS, a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, a fin de dictar el acto conclusivo correspondiente, en la causa seguida contra los imputados JOSE ALBERTO MARQUEZ Y JESUS ALEJANDRO MARQUEZ RODRIGUEZ, identificado supra, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en su cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal, contados a partir del día 05 de Febrero de 2006. Quedaron notificadas las partes de la presente decisión. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público en su oportunidad legal. Terminó, se leyó y conformes firman.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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