Vista la diligencia de fecha Treinta (30) de Enero de 2007, suscrita por la ciudadana: JOHANA COROMOTO SOLORZANO FERRER, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.911.181, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, a través de la cual solicita se libre Oficio a la Oficina Subalterna de Registro a los fines de levantar la Medida que afecta al inmueble en cuestión, este Tribunal a los fines de proveer sobre lo solicitado ordena suspender la Medida Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 07 de Septiembre de 2004 y participada al Registro Subalterno del Segundo Circuito de Registro del Estado Vargas mediante oficio Nº 309-04 de esa misma fecha, la cual recayera sobre el inmueble constituido por Un Apartamento identificado con el número B-114, Planta número once (11) entre los ejes 1-2 y C-D, Torre “B”, del Conjunto Residencial denominado DESARROLLO URBANÍSTICO MARAPA MARINA primera etapa, ubicado entre la Escuela Naval y la Quebrada la Z.....