Se declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS ajustada a derecho alegados por la parte accionante y en tal sentido: este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por el ciudadano JESÚS JAIMES PÉREZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V-17.646.554, contra la empresa PROMOTORA METROPOLITANA DE RESTAURANTES 25 C.A., representada por el Ciudadano CARLOS EDUARDO ROJAS, titular de la cédula N° V-11.942.580, por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos: