Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION interpuesta en fecha 02 de junio de 2004, por el ciudadano Martín Evelio Quintero Colmenares asistido por el Abogado en ejercicio Carlos Humberto Pérez Roa en contra de la empresa Nestle de Venezuela C. A.
SE CONDENA en costas a la parte demandante de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los dos (02) días del mes de marzo de dos mil seis (2006). Años.....