PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado HERNANDEZ ROMERO JOSE ANTONIO, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el 09-09-1.983, de 22 años de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-16.541.391, de profesión u oficio estudiante, soltero, residenciado en el Barrio Las Delicias, calle 01, N° 13-59, La Concordia, San Cristóbal Estado Táchira, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el artículo 6 numerales 3 y 10 ejusdem, en perjuicio del ciudadano Martínez Uribante Esland Enrique, por estar llenos los requisitos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal .---------------------------------------------------------------.
SEGUNDO: Se decreta el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal y la re.....