Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS CONDICIONES IMPUESTAS, a la ciudadana BERGEL DIAZ ENAIDA VIRGELINA, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.-12.702.721, nacida en fecha 22-10-1974, mayor de edad, con residencia en Sector G, Vereda 2, casa sin número, San Josecito, Municipio Torbes, Estado Táchira. En consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.