CONDENA al ciudadano SANDRO JHONLIN PINEDA SOSA, de nacionalidad venezolana, natural de Santa Bárbara de Barinas, nacido el día 07-09-1979, de 25 años de edad, hijo de Hugo Eduardo Sosa (f) y María de Sosa (v), titular de la cédula de identidad N° V-13.793.540, de profesión u oficio albañil, soltero, domiciliado en el sector Cuesta del Trapiche, barrio San Andrés, parte baja, El Tapón, casa N° 16-50, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente, en perjuicio del niño CLEICSON SNEYDER ROJAS AREVALO, en el lugar que designe el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: CONDENA AL ACUSADO SANDRO JHONKLIN PINEDA SOSA, a las penas accesorias de Ley previstas en el Artículo 16 del Código Penal y lo exonera al pago de las costas procesales. TERCERO: MANTIENE CON TODOS SUS EFECTOS LA M.....