Decide:
Impone como Medida de Aseguramiento, al ciudadano imputado IDENTIDAD OMITIDA ART.65 LOPNA , la obligación de presentarse en fecha 09 de mayo de 2006 , 09:30 de la mañana, oportunidad en que se realizará la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Dejándose sentado que la orden de ubicación no se levantara hasta tanto se realice la respectiva audiencia, garantizando así la celebración de la misma. Librese boleta de libertad. Notifíquese a la victima.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el Archivo del Juzgado.
ABG. HELEN NEFFERTY GARCÍA RAMÍREZ
JUEZ TERCERO DE CONTROL PROVISORIO
ABG. LAURA DEL VALLE MONCADA SANCHEZ
FISCAL (A) DECIMO NOVENA DEL MINISTERIO PUBLICO
IDENTIDAD OMITIDA ART.65 LOPNA
ADOLESCENTE IMPUTADO
ABG. JOSE RUEDA PEÑA
DEFENSOR PRIVADO
ABG. MARIA ALEJANDRA NOGUERA GAMEZ
SECRETARIA