Visto que el Tribunal Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial dictó sentencia mediante la cual declaró parcialmente con lugar la acción intentada por la parte actora, y por cuanto la misma se encuentra definitivamente firme, se decreta la EJECUCIÓN VOLUNTARIA. En consecuencia, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha, dar cumplimiento voluntario al fallo.