´Único: Declara sin lugar la Recusación interpuesta por el Abogado Richard Enrique Hurtado Concha, quien actúa con el carácter de defensor privado de la ciudadana Milagros Gisela Ramírez Mendoza, en la causa signada bajo el número SP21-P-2022-014252, contra la Abogada Luz Dary Moreno Acosta, en su carácter de Juez Cuarta de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, al no comprobarse de manera real y efectiva la existencia de cualquier circunstancia considerada como motivo "grave" capaz de demostrar su imparcialidad.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda devolver el conocimiento de la causa penal al Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de au.....