DISPOSITIVA
Por los argumentos señalados previamente, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Admisible el recurso de apelación incoado por los abogados Pablo Andrés Romero Ferreira y Germán Enrique Nieto Arellano, quienes actúan con el carácter de defensores privados del ciudadano Edisson Samuel Sandoval Castro –imputado-, contra la decisión publicada en fecha treinta (30) de octubre del año 2024, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira- extensión San Antonio.
SEGUNDO: Acuerda fijar para el décimo (10) día de despacho siguiente al de hoy a las once de la mañana (11:00 AM), la realización de la audiencia oral, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.