Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la Demanda que por Desalojo intentó el ciudadano HERMINIO ESCALANTE GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-191.819, de este domicilio y hábil, asistido por la Abogada en ejercicio MARIA ALEJANDRA QUINTERO CONTRERAS, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.903.218 e inscrita en el Inpreabogado bajo el No.68.092, contra la ciudadana ROSITA ALIX PABON DE CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.224.882 domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena a la Parte Demandada a Desalojar y entregar el inmueble arrendado totalmente libre de personas y cosas, en perfecto estado de conservación .....