Seguidamente, el Tribunal procede a declarar EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el lote de terreno señalado por la parte ejecutante y descrito en el mandamiento de ejecución, hasta cubrir la cantidad VEINTIUN MIL CIENTO SETENTA BOLÍVARES (Bs.21.170,00), y en consecuencia se declara su DESPOSESIÓN JURIDICA conforme a lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil;