DISPOSITIVA
En base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: ACUMULACION DE CAUSAS CON NUEVO COMPUTO, al joven IDENTIDAD OMITIDA, en aplicación del Principio de Unidad del Proceso por tener Dos (2) Sentencias en ejecución, por lo que deberá cumplir las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA por Un (1) AÑO y SEIS (6) MESES y simultáneamente REGLAS DE CONDUCTA por SEIS (6) MESES computándose desde el 27/03/2012, todo esto de conformidad con los artículos de conformidad con el artículo 479 numeral 2 y 482 ambos del COPP, debiendo contener todas las actuaciones la causa Nº WP01-D-2011-382 que es la más gravosa y más antigua ejecutándose
Diarícese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, y en especial a las dos Defensas Públicas, al sancionado y al Centro de .....