PRIMERO: se declara sin lugar las excepciones opuestas por el abogado defensor.
SEGUNDO: Admite parcialmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del imputado ANTONIO D´AVETA CHACON, por la comisión del delito de ACAPARAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 54 de la Ley Orgánica de Precios Justos.
TERCERO: Desestima la acusación presentada por el Ministerio Público ANTONIO D´AVETA CHACON, por la presunta comisión del delito de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 4 numeral 9 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, de conformidad con el artículo 313 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
CUARTO: Decreta el sobreseimiento de la causa al ciudadano ANTONIO D´AVETA CHACON, por la presunta comisión del delito de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 4 numeral 9 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, de confo.....