este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el del criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia número 693-2015 en concordancia con la sentencia 446-2014 emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos MIREYA COROMOTO MARTINEZ MORALES Y ARNOLDO RAMON VELASQUEZ BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.994.767 y V-5.576.308, respectivamente, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas (hoy Estado La Guaira)., en fecha 18 de Junio de 2023, asentada bajo el N°63, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines l.....