declara legalmente EMBARGADA PREVENTIVAMENTE la misma, en consecuencia se declara su DESPOSESIÓN JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil , hasta cubrir la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA BOLIVARES CON 80 CENTIMOS, (Bs. 2.238.530,80)