Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia N° 1070-2016 en concordancia con la sentencia N° 136-2017, emanadas de la Sala Constitucional y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, respectivamente, por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos MARY SULAY JARA DE CHAVEZ Y SEGUNDO CHAVEZ PERDOMO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.344.060 y V-10.317.683 respectivamente, contraído por ante la Primera autoridad Civil de la Parroquia Manuel Morillo, Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres, del Estado Lara, en fecha 28/02/1992, asentada bajo el N°02, Folio 2 del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de l.....