Por lo antes expuesto, esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la niña: (se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013, por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. )para que viaje en compañía de su progenitor el ciudadano: KURT STANLEY GRANADOS ARDILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.016.850 a ORLANDO ESTADOS UNIDOS, con el siguiente itinerario: saliendo vía aérea el día 08 de Noviembre del 2016 Vuelo N° 3181 del Aeropuerto Internacional Camilo Daza de la ciudad de Cúcuta Norte de Santander, República de Colombia, por la Línea aérea LATAM Airlines Colombia – llegando ese mismo día al Aeropuerto Internacional El Dorado en la ciudad de Bogota, República de Colom.....