Por cuanto de la revisión del presente expediente se evidencia que la última actuación de la parte demandante tuvo lugar el día 25 de Julio de 2016, oportunidad en la que el demandante estampó diligencia ante este Tribunal, y el último acto de procedimiento efectuado fue por este Tribunal el día 24 de Octubre de 2017, fecha en que se acordó reanudar la presente causa