Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO presentada, y en consecuencia queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MARCOS PONCIANO MEDINA ZAMBRANO Y TRINA RAMONA SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-8.092.644 y V-6.069.384, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 04 de septiembre del año 1978, ante la Primera Autoridad civil La Alcaldesa del Municipio Carrizal del estado Miranda, según se desprende de acta de matrimonio signada con el N° 35, de esa misma fecha.
Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y.....