Por las razones antes expuestas: ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Aumento de Pensión de Alimentos formulado por la Ciudadana: ANA CELINA DEL CARMEN SIERRA DUARTE en contra del Ciudadano: JESÚS MANUEL GALEANO CAICEDO, en beneficio del niño: JUAN MANUEL GALEANO SIERRA.
SEGUNDO: Este Tribunal fija como Aumento en la cuota mensual de Pensión de Alimentos para el niño: JUAN MANUEL GALEANO SIERRA, el incremento de la pensión mensual actual de Ochenta Mil Bolívares (Bs. 80.000,00) en Treinta Mil Bolívares (Bs. 30.000,00), para un total de CIENTO DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 110.000,00) y las Cuotas Extraordinarias en los meses de Septiembre y Diciembre actualmente en Ciento Sesenta Mil Bolívares (Bs. 160.000,00), se incrementa en Cuarenta Mil Bolívares (Bs. 40.000,00), para un tota.....