Por las razones expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO CELEBRADO en lo que respecta a la co-demandada ciudadana ONEYDA ARGOTA DE MEDINA, Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía E.-84.410.117, debidamente asistida por la abogada Ana Zuleyma Osorio Romero, titular de la cédula de identidad N° V.-9.233.400 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 217.035; a tal efecto se da por consumado el presente convenimiento y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada..
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicia.....