Se acuerda medidas cautelares sustitutivas a la privación de Libertad al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de 15 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN LOS Literales B, C y F del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.