PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se Homologa el convenimiento realizado por el abogado Wilfredo Rozo Vera, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.829, actuando en nombre y representación del ciudadano Freddy Andrés Contreras Colmenares, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.816.533, parte demandada en la presente causa, representación que consta en el poder autenticado por ante la Notaria Pública Quinta, de fecha 09 de mayo del 2016, bajo el N° 18, Tomo 21, de los folios 59 hasta el 61.
SEGUNDO: PROCEDENTE la demanda de Reconocimiento de Instrumento Privado, interpuest.....