Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO siguen los ciudadanos: ALVARO FARIA PEREIRA y MANUEL ABREU DE SOUSA venezolano, el primero y de nacionalidad portuguesa el segundo, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-6.488.683 y E-949.705, respectivamente contra el ciudadano FRALBERT ALIRIO PARRA GUEDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-14.834.315.-No hay condenatoria en costas por la índole del fallo.