PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Publico en contra de las acusadas ROSANA MEDINA NOGUERA, de nacionalidad venezolana, natural de Valencia Estado Carabobo, titular de la cédula de identidad Nº V-15.653.023, nacida en fecha 19 de Noviembre de 1981, de 30 años de edad, hija de Rosa Emperatriz Noguera (v) y Edgar Enrique Medina (v), soltera, de profesión u oficio comerciante, residenciada en Valencia, Naguanagua, calle 2 casa N° 8, teléfono 0412-4124304; y DIANA CAROLINA GARCIA HERNANDEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Rubio Municipio Junín Estado Táchira, titular de la cédula de identidad Nº V-19.033.171, nacida en fecha 05 de Junio de 1987, de 240 años de edad, hija de Ana Jesús Hernández (v) y Gustavo David García (v), soltera, de profesión u oficio estudiante, residenciada en la Azucena, calle 3, casa 1-24, Rubio Municipio Junín, teléfono 0412-0398900; por la presunta comisión del delito ENCUBRIMIENTO, previsto y sancionado en el artícul.....