PRIMERO: Se impone y ejecuta al ciudadano JAVIER ALEXANDER QUINTERO PINZON, quien dice ser de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, natural de Bucaramanga, Republica de Colombia, nacido en fecha 14 de Abril de 1974, de 33 años de edad, hijo de Cristiniano Quintero (v) y de Blanca Cecilia Pinzón (v) titular de la cedula de ciudadanía N° 91.347.494, soltero, de profesión u oficio antropólogo y maestro de artes plásticas, teléfono: 0412-5107735, residenciado en la calle Montes con Freites, Edificio Camagüi, Piso 1, Apartamento 01., El Pénsil, Municipio Sotillo, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, a quien se le sigue causa por la comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 322 en concordancia con el artículo 319 del Código Penal y FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal, de la Medida de Privación de Libertad impuesta por este Tribunal en fecha 18-05-2010 .
SEGUNDO:.....