Se declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Articulo 185-A del Código Civil, y por consiguiente DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos IVANESKY TERESA MARCANO RENGEL y RUBEN DARIO HERNANDEZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-11.637.658 y V-4.557.294, respectivamente, contraído por ante la Unidad de Registro Civil, Parroquía Macuto del Municipio del estado Vargas, en fecha 16/06/2007, asentada bajo el Acta N° 011, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho.