DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin Lugar, la demanda por Cobro de Intereses de Mora, incoada por la ciudadana JOVITA USECHE MENDOZA, en contra del EJECUTIVO REGIONAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en la persona del Gobernador del Estado Táchira ciudadano Ronal Blanco Lacruz o de la Procuradora General del Estado Táchira. SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En San Cristóbal a los tres (3) días del.....