PRIMERO: Declara prescrita la acción penal de la causa seguida a ARNOLDO USECHE CARDENAS, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 10.164.609, nacido en fecha 08-08-1971, soltero, corredor de seguros, residenciado en la Urbanización Las Acacias, calle 02, N° 4-46, San Cristóbal; por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de Yonny Freddy Cárdenas Sanabria; en consecuencia se decreta la extinción de la acción penal de conformidad con el artículo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta el sobreseimiento de la causa seguida a ARNOLDO USECHE CARDENAS, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de Yonny Freddy Cárdenas Sanabria; de conformidad con los artículos 330 numeral 3 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, déjese copia para el.....