ACUERDA, HOMOLOGAR EL ACUERDO CONCILIATORIO, en la presente causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, mediante la cual se compromete a cumplir el presente acuerdo tendrá un lapso de duración de SEIS (06) MESES.Se suspende el proceso a prueba durante el lapso de cumplimiento del presente acuerdo el cual corresponde al lapso de SEIS (06) MESES, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a partir de la presente fecha, quedando interrumpida la prescripción en el plazo acordado, de conformidad con lo establecido en el artículo 573, 576 y 566 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.