En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena a MANUELA NICOLE, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de SIETE (07) MESES Y TRES (03) DIAS, terminando de cumplir la pena el 05-04-2013.
Publíquese, Diarícese, déjese copia, notifíquese a las partes, realícese el nuevo computo correspondiente.