Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del estado
Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la
Ley, declara CON LUGAR el divorcio por desafecto presentado por la ciudadana OMAIRA GUILLEN DE
ROLDAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.636.114, asistida
por la abogada YENNITH MAGDALY VELASQUEZ RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo
el Nro. 275.555, actuando como DEFENSORA PUBLICA SEGUNDA PROVISORIA EN MATERIA
CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 185-A del Código Civil en concordancia con las sentencias N° 446/2014 de fecha 15 de mayo de
2014 emanada de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y N° 1070 de fecha 09 de
Diciembre de 2016 de la misma sala, en consecuencia, qu.....