este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA , Administrando Justicia con base a la potestad establecida en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO : SIN LUGAR la solicitud del demandante de decreto de MEDIDA DE SECUESTRO sobre la finca descrita en el libelo de la demanda, cuyos datos y demás características, se dan aquí por reproducidos.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de las partes, una vez se configure la continuación del presente juicio, conforme al artículo 233 del Código de Procedimiento Civil y conforme al auto dictado el 12 de Agosto de 2005.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instanc.....