´Una vez iniciada la Audiencia, discutidos todos y cada uno de los puntos tanto de hecho como de derecho y con el único propósito de poner fin al presente proceso han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente proceso mediante pago por la suma de DIECINUEVE MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (COP. 19.643.834,81)´