Declara con lugar, la solicitud Fiscal de Calificación de Flagrancia, en cuanto a la aprehensión del adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNA, por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de EL ORDEN PUBLICO y respecto del adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNA por el delito precalificado como DETENTACION DE MUNICIONES, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de EL ORDEN PUBLICO, se encuentran llenos los extremos exigidos por el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y se ordena proseguir el presente procedimiento por VÍA ORDINARIA a los fines de esclarecer la verdad de los hechos, en aras a lo establecido en el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se les impone las medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial preventiva de la libertad a los adolescentes .....